La exención del pago de Patentes se concederá conforme a lo dispuesto en el Título V, Capítulo IV "DE LAS EXENCIONES" del Código Fiscal vigente.

En todos los casos el vehículo debe estar destinado al uso o traslado de la persona con discapacidad.

La exención del pago de la patente alcanza a un sólo vehículo por persona y en tanto el beneficiario conserve la titularidad del dominio. Para los casos que el beneficiario de la exención no sea titular de dominio, la valuación fiscal del vehículo no podrá superar $5.500.000.-

Documentación obligatoria: 

1- Título de Propiedad del Automotor completo. El mismo debe hallarse inscripto a favor del beneficiario o cónyuge o pareja conviviente, padre, madre o curador en caso de incapacidad, de los nietos o del conviviente del beneficiario. Copia certificada por Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A. y C.P.). 

2- Certificado de discapacidad emitido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. 

3- DNI de ambas caras del titular del vehículo y del beneficiario en caso de corresponder. 

4- Formulario "Solicitud de Exención Personas con Discapacidad - Patentes", el mismo se encuentra al pie de esta página. Puede descargar y completarlo. Y luego enviar adjunto en el trámite.

5 - Nota solicitando la exención: motivo, nombre y apellido del titular, número de patente del vehículo, firma, aclaración, DNI. 

Dependiendo de cuál sea su carácter:

Si el beneficiario no es el titular del dominio, deberá adjuntar el documento correspondiente que acredite el vínculo: (seleccionar 1 sola opción )

- Certificado de convivencia con la persona discapacitada, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario. 

- Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario. 

- Acta de matrimonio si el beneficiario es el cónyugue del titular. 


Toda documentación debe estar escaneada anverso y reverso, totalmente legible, en orden y en un sólo archivo PDF.

Importante:

En caso de venta o transferencia de su inmueble o vehículo, recuerde que deberá dar de baja la exención.

EL PESO TOTAL DE LOS ARCHIVOS DEBE SER INFERIOR A 9,57 MB (9.800 KILOBYTES). SI SE EXCEDE ESE VOLUMEN, AL FINALIZAR E INTENTAR ENVIAR EL FORMULARIO, LE APARECERÁ UN ERROR.

La exención del pago de Patentes se concederá conforme a lo dispuesto en el Título V, Capítulo IV "DE LAS EXENCIONES" del Código Fiscal vigente.

En todos los casos el vehículo debe estar destinado al uso o traslado de la persona con discapacidad.

La exención del pago de la patente alcanza a un sólo vehículo por persona y en tanto el beneficiario conserve la titularidad del dominio.

Para los casos que el beneficiario de la exención no sea titular de dominio, la valuación fiscal del vehículo no podrá superar $5.500.000.-

Requisitos:

- Título de Propiedad del Automotor, el mismo debe hallarse inscripto a favor del beneficiario o cónyuge o pareja conviviente, padre, madre o curador en caso de incapacidad, de los nietos o del conviviente del beneficiario. Original y copia, o fotocopia certificada por Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A. y C.P.). 
- Partida de matrimonio, si correspondiere acreditar el vínculo: Original o Fotocopia autenticada.
- Certificado de convivencia con la persona discapacitada, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada.
- Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada.
- Designación judicial del tutor o curador, en caso de corresponder: Original y Fotocopia autenticada.
- Certificado de discapacidad emitido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: Original y Fotocopia.
- Formulario "Solicitud de Exención Personas con Discapacidad - Patentes" que podrá descargar al pié de esta página.

Dependiendo de cuál sea su carácter:

- Titular:

   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

- Beneficiario No Titular:

   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

- Apoderado:

   - Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
   - Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

Importante:

En caso de venta o transferencia de su inmueble o vehículo, recuerde que deberá dar de baja la exención.

Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Para realizar este trámite deberá sacar un turno.