Este trámite consiste en la inscripción en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de una persona jurídica en carácter de Contribuyente de Convenio Multilateral cuando se realizan actividades en dos o más jurisdicciones y siempre que la Jurisdicción Sede sea la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La jurisdicción Sede será CABA cuando el domicilio legal sea en dicha jurisdicción.
Requisito:
- Clave Fiscal.
Importante:
Se inicia en la página de la Comisión Arbitral.
Deberá confirmar dicho trámite de manera presencial, adjuntando la documentación correspondiente, en:
- Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, con atención exclusiva a matriculados.
- Colegio de Graduados en Ciencias Económicas - Delegación AGIP.
- Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Para realizar este trámite deberá sacar un turno.
Requisitos para la confirmación presencial:
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Sociedades Comerciales (Ley 19.550)
- Documento de Identidad del representante legal (socio gerente, presidente representante legal o apoderado) - D.N.I., L.E. o L.C.: Original y Fotocopia.
- En caso de presentación por apoderado indistintamente, Poder suscripto ante Escribano Público: Original y Fotocopia.
- Contrato Social o Estatuto de la sociedad e inscripción ante el organismo correspondiente (IGJ, INAES,etc.): Original y Fotocopia.
- Actas y/o Contrato Social modificado, aprobado ante la I.G.J.: Original y Fotocopia.
- Constancia de CUIT del representante legal y de la sociedad.
- Formulario “CM01” de solicitud de inscripción en el Convenio Multilateral: presentar los formularios emitidos por el sistema Padrón Web de la Comisión Arbitral (uno será devuelto como constancia de inscripción).
Sociedades Restantes
- Documento de Identidad de cada uno de los integrantes (D.N.I., L.E, L.C) si el domicilio no estuviera actualizado en el mismo deberá aportar constancia expedida por policía o contrato de alquiler (certificado por escribano).
- Constancia de CUIT de cada integrante y de la sociedad.
- En el caso de Sociedades de Hecho constituidas a partir del 1º de agosto de 2015, será necesario presentar el contrato de constitución público o privado
Documentación necesaria para cada tipo de sociedad:
Sociedades Comerciales (Ley 19.550)
- Documento de Identidad del representante legal (socio gerente, presidente representante legal o apoderado) - D.N.I., L.E. o L.C.: Original y Fotocopia.
- En caso de presentación por apoderado indistintamente, Poder suscripto ante Escribano Público: Original y Fotocopia.
- Contrato Social o Estatuto de la sociedad e inscripción ante el organismo correspondiente (IGJ, INAES,etc.): Original y Fotocopia.
- Actas y/o Contrato Social modificado, aprobado ante la I.G.J.: Original y Fotocopia.
- Constancia de CUIT del representante legal y de la sociedad.
- Formulario “CM01” de solicitud de inscripción en el Convenio Multilateral: presentar los formularios emitidos por el sistema Padrón Web de la Comisión Arbitral (uno será devuelto como constancia de inscripción).
Sociedades Restantes
- Documento de Identidad de cada uno de los integrantes (D.N.I., L.E, L.C) si el domicilio no estuviera actualizado en el mismo deberá aportar constancia expedida por policía o contrato de alquiler (certificado por escribano).
- Constancia de CUIT de cada integrante y de la sociedad.
- En el caso de Sociedades de Hecho constituidas a partir del 1º de agosto de 2015, será necesario presentar el contrato de constitución público o privado.