Resolución Nº 691 / AGIP / 2014
Buenos Aires, 8 de Octubre de 2014
VISTO:
EL CÓDIGO FISCAL (T. O. 2014) Y LA RESOLUCION N° 939/AGIP/2013 (BOCBA Nº 4302) Y,
CONSIDERANDO:
Que el Código Fiscal vigente (t.o. 2014) en su artículo 3, inciso 19), confiere a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos la facultad de implementar nuevos regímenes de percepción y retención, y designar a los agentes para que actúen dentro de los diferentes regímenes;
Que la Resolución N° 939/AGIP/2013, establece actualmente el Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que siendo la figura de los agentes de recaudación una herramienta eficaz para ejercer el control y alcance de altos niveles de cumplimiento de las obligaciones tributarias, y habiéndose realizado estudios pormenorizados sobre las actividades desarrolladas por ciertos sujetos, resulta conveniente su incorporación en el universo de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE
RESUELVE
Artículo 1.- Incorporar al Anexo II de la Resolución N° 939/AGIP/2013 a los sujetos cuyo listado resulta del Anexo I, el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 01/12/2014.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones Generales y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
Lic. Carlos G. Walter
Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos
AGIP-GCBA
Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos
AGIP-GCBA