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Este impuesto grava a todos los inmuebles situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y obliga al pago de un tributo de carácter anual, dividido en 12 cuotas mensuales. Está conformado por la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros (igual para todos) y el Impuesto Inmobiliario (progresivo y con alícuotas).

Preguntas Útiles

El Pago Anticipado consiste en el pago de la Cuota Anual, lo cual implica la cancelación total del impuesto correspondiente al año 2023. Tiene una sola fecha de vencimiento, pasada la misma sólo se puede abonar en cuotas mensuales.

Importante: Tenga presente que cuando el impuesto anual no supera los $4.800, se emite una Cuota Única.

Si ha pagado a término todas las cuotas mensuales del año 2022, obtiene un 10% de bonificación por buen cumplimiento, el cual se aplicará sobre cada una de las cuotas mensuales del año 2023, siempre que pague a término cada una de ellas.

Importante: Solo para personas humanas y partidas correctamente titularizadas que no registren deuda vencida.

Si no registra deuda y adhiere a Débito Automático antes del 30/06/2023, se le bonificará el 100% de la última cuota (Cuota 12).

Importante: Solo para personas humanas que hayan recibido la bonificación por Buen Cumplimiento de Pago, y siempre que las partidas estén correctamente titularizadas.

Si paga a término, es decir hasta la fecha de vencimiento, cada cuota mensual del año 2023, obtiene un 5% de descuento.

Importante: Solo para personas humanas que tengan sus partidas correctamente titularizadas. 

El recargo por pago fuera de término es de un 5% en cada cuota mensual, más los intereses resarcitorios correspondientes hasta la fecha de pago.

La actualización del impuesto Inmobiliario/ABL se da de forma gradual. La metodología establece que para el cálculo de cada cuota mensual se utilice el IPCBA (Índice de Precios al Consumidor Ciudad de Buenos Aires) de cinco meses anteriores.

Desde Tu Boleta podrá encontrar toda la información sobre su estado de cuenta.

Si su impuesto de inmobiliario/ABL registra deuda, usted podrá regularizar su situación a través de un Plan de Facilidades, tanto para deuda administrativa como judicial.

Conozca todo sobre Planes de Facilidades.

Para ello, usted cuenta con la posibilidad de solicitar la exención del impuesto total o parcial, según el caso que corresponda ingresando en los trámites Jubilados y Pensionados y Personas con Discapacidad.

En el caso de haber pagado por error dos veces la misma cuota, podrá gestionar la reimputación del pago a través de nuestra web.

Es la valuación de todo inmueble que se obtiene considerando el valor económico y la ubicación geográfica, la importancia comercial de la zona; y el valor real de la edificación según la categoría, destino, calidad y características. Esta valuación nunca deberá superar el 20% del valor de mercado de la propiedad.

Con su número de partida y su dígito verificador (DV) podrá obtener la Valuación Fiscal Homogénea del año en curso y años anteriores.

Cualquier modificación en su propiedad que genere un cambio en los metros cuadrados deberá ser obligatoriamente informada a través de una declaración jurada, ya que produce una diferencia valuatoria respecto de la existente.

Efectúe su declaración jurada.

Es la diferencia que se produce ante cualquier modificación de metraje, categoría y/o destino de un inmueble, generando una nueva liquidación en el impuesto Inmobiliario/ABL.

En caso de que se genere una deuda, tendrá una situación de morosidad sobre su partida, que le impedirá obtener el libre deuda del impuesto Inmobiliario/ABL. Para regularizar dicha deuda cuenta con Planes de Facilidades.

En caso de haberse producido cambios de titularidad dentro del período que corresponde a la liquidación de la boleta, usted podrá realizar un trámite por desdoblamiento de deudas por Diferencias Fiscales de Avalúo.

Usted deberá realizar este trámite a través de su escribano, quien podrá tomar conocimiento del estado de la apertura de su Partida Horizontal.

Los Grandes Contribuyentes podrán obtener la boleta a través de una declaración jurada a realizar con Clave Ciudad.

La primera vez que ingresen a generar la boleta con Clave Ciudad es necesario adherir al servicio denominado "Grandes Contribuyentes Anuncios Publicitarios, ABL y Patentes desde 09/2015 en adelante".

Acceda a un tutorial paso a paso para generar la declaración jurada.

Si usted es locatario/a de un inmueble registrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que debe abonar es el monto correspondiente a la Tasa Retributiva de los servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros.

En boletas no vencidas, dicho monto se encuentra discriminado del monto correspondiente al impuesto Inmobiliario, en el frente de cada boleta, en la sección “Composición de la Cuota”.

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