| La Exención total o parcial de la contribución se concederá conforme a lo dispuesto en los Arts. 240, 242, 243, respectivamente del Código Fiscal (TO 2007), a jubilados y pensionados que reúnan las siguientes condiciones modificación que se produzca en alguna de las condiciones que se enuncian a continuación: - Ser propietario, condómino o usufructuario de un único bien inmueble destinado a vivienda propia o inquilino de un inmueble para su uso personal y asumir la obligación de pago de la contribución. - Ocupar efectivamente el inmueble. - No ser titular de dominio o condómino de otro inmueble urbano o rural en el ámbito del territorio nacional. La valuación del inmueble no debe exceder los $ 75.000,00 de valuación fiscal ni el jubilado o pensionado percibir un ingreso mensual, por haberes Jubilatorios y/o de Pensión, igual o menor a $4.600,00 para acceder a la exención del 100% sobre el porcentaje de titularidad. La valuación del inmueble no debe exceder los $112.500,00 de valuación fiscal ni el jubilado o pensionado percibir un ingreso mensual, por haberes Jubilatorios y/o Pensión, igual o menor a $6.900,00 para acceder a la exención del 50% sobre el porcentaje de titularidad. La exención total o parcial quedará sin efecto ante cualquier modificación que se produzca en las condiciones que sirvieron de fundamento para su concesión, debiendo ser informadas por el responsable o sus derechos habientes ante la DGR, dentro de los 30 días de producida. | Requisitos: - Documento de Identidad del beneficiario - Original - Fotocopia de D.N.I., L.E. ó L.C. (C.I. sólo para extranjeros) - En caso de presentación por tercera persona, indistintamente: - Autorización del titular con certificación de su firma - Original - Fotocopia - Poder suscripto ante Escribano Público - Original - Fotocopia - Escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan, ambas, inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble - Original - Fotocopia - En caso de inquilino - Contrato de locación vigente en el que conste la asunción de la obligación de la contribución - Original - Fotocopia - Escritura traslativa del dominio inscripta en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble - Fotocopia - Último recibo de haber jubilatorio y/o pensión - Original - Fotocopia - Último comprobante de pago de la contribución - Original - Fotocopia - Nota de solicitud de Exención con carácter de Declaración Jurada Nota: Las autenticaciones de copias, en caso de no poder exhibir el original y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o autoridad Judicial. Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria o autoridad policial. | | Modificado 23/08/11 | 0 |